Tribunal Constitucional: Restituiría a 57 honorables

Ahora todo se teje tras un enmaraniada terminologia jurídica. El siguiente es el extracto de la solicitud que el Presidente del Congreso Ecuatoriano ha enviado al TC para que sus 57 legisladores sean puestos de regreso en sus curules:

“De lo reseñado se advierte conflicto de competencia suscitada con el TSE relacionada a: objetar el enjuiciamiento político a varios vocales de dicho organismo; en la destitución de la calidad de diputados; el impedir el funcionamiento y desarrollo de las actividades del Congreso al disponer los cercos policiales… Formulo la presente solicitud de dirimencia de competencia y atribuciones a favor del Congreso”

Sin embargo tanto el Vicepresidente Mauge como el Presidente del TSE han desestimado el procedimiento jurídico del Cevallos aduciendo que la solitud de dirimencia de competencias del Congreso al Tribunal Constitucional (TC) no tiene procedencia jurídica, porque no fue elaborada ni presentada entre las dos instituciones afectadas.

Mauge fue enfático: “El TC no tiene competencia para dirimir” y que, una dirimencia no puede ser a favor de una sola institución, como lo pide el Presidente del Congreso, Jorge Cevallos (PRIAN), en el escrito. Toda dirimencia, arbitraje o mediación debe ser solicitada por los dos afectados; por lo que, “jurídicamente no cabe lo que ha pedido el presidente del Congreso”, ha dicho Acosta, Presidente del TSE.

Published by Milton Ramirez

Business lead transforming U. S. communities with entrepreneurship solutions and small business analysis and development.

Comparte tu opinión

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.